
Mucha gente sencilla se pregunta si determinados asesinos en serie que cometen crímenes espantosos, horribles y casi impensables, no estarán en realidad posesos.
La respuesta es sencilla, unos son meros enfermos mentales, alguno puede estar poseso, otros ni están enfermos ni posesos.
Es cierto que hay casos extraordinariamente inusuales -y que suelen aparecer en los periódicos- de crímenes horrendos y que revisten aspectos que hacen pensar en la posesión. Son los delitos cometidos por ejemplo por miembros de sectas satánicas o determinados asesinos en serie en los que no es fácil diferenciar la raya de lo hecho consciente e inconscientemente.
En estas personas desalmadas y al mismo tiempo posesas no resulta sencillo delimitar la raya de lo cometido en estado consciente e inconsciente pues han realizado cosas tan horrendas, sin arrepentimiento alguno, que después esa distinción no es sencilla. Normalmente las descripciones de este tipo de casos suelen hablar de que el hecho horrendo comenzó de forma consciente y de que poco a poco el agresor parecía entrar en un frenesí en el que ya no parecía tener dominio de sus actos. Son crímenes cometidos por personas ya verdaderamente malignas en estado consciente y que al mismo tiempo están posesas. Personas en las que es difícil distinguir donde acaba lo dicho o hecho voluntariamente y donde comienza lo dicho o hecho en estado de posesión.
Desde luego si el orar por un asesino en serie se descubriera que está poseso eso no cambiaría su situación de responsabilidad ante la Ley. La Ley no puede eximir a alguien de su responsabilidad penal por el hecho de la posesión.
En todo caso se puede equiparar, a efectos legales, la posesión a la enfermedad enajenante. Pero lo que no se puede es dejar impunes las faltas bajo la excusa de una causa invisible.
Introducir tal eximente supondría una inseguridad jurídica inaceptable que ningún legislador cuerdo podría aceptar.
Añadir comentario
Comentarios